Dotar a aquellas autoridades que realicen funciones de Primer Respondiente, con un instrumento en el que se homologuen los lineamientos de su actuación, de conformidad a lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales en los que el Estado Mexicano sea parte y el Código Nacional de Procedimientos Penales.
Objetivos Especificos
- Establecer el procedimiento necesario para garantizar la actuación del Primer Respondiente, bajo los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.
- Proporcionar un instrumento que brinde seguridad y certeza jurídica en el actuar del Primer Respondiente, mediante el desarrollo sistemático de su participación y en coordinación con las autoridades que concurren en el lugar de intervención.
- Fortalecer y guiar las funciones del Primer Respondiente, estandarizando la calidad técnica y administrativa de su actuar.
- Homologar los procedimientos, la organización y todos aquellos registros que sean inherentes a quien actué como Primer Respondiente.
- Orientar y facilitar los procesos de capacitación para el Primer Respondiente.
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